Tanto el Capítulo 7 como el Capítulo 13 de bancarrota dependen en gran medida de las exenciones. En el capítulo 7 de bancarrota, se determinan las exenciones para establecer la cantidad de bienes que se pueden conservar. Las exenciones en la bancarrota del Capítulo 13 ayudan a determinar cuánto tendrá que pagar a sus acreedores no asegurados, y podrían significar la diferencia entre un plan confirmable y ser expulsado.

¿En general cuáles son los diferentes tipos de exenciones de bancarrota?

Las exenciones le permiten mantener una cantidad específica de activos, como un coche económico, herramientas profesionales, ropa y una cuenta de jubilación, a salvo en la quiebra. Usted no tiene que preocuparse de que el síndico de la quiebra designado para su caso tome un activo y lo venda en beneficio de sus acreedores si usted puede excluirlo. Muchas exclusiones cubren tipos de bienes específicos hasta un determinado valor en dólares, como un coche o los muebles. En ocasiones, una exención puede proteger el valor total del bien. Ciertas exenciones, denominadas "exenciones comodín", son aplicables a cualquiera de sus bienes.

Mientras que muchos residentes de California están familiarizados con las exenciones de bancarrota como la exención de vivienda, pocos son conscientes de cómo esta poderosa arma puede ser utilizada para asegurar que los propietarios permanezcan en sus casas a pesar de los acreedores, juicios, e incluso la bancarrota. Los experimentados abogados de bancarrota de San Diego Bankruptcy Attorney ubicados en San Diego, CA son los indicados para brindarte ayuda, apoyo y una asesoría legal la cual es esencial para obtener resultados positivos. En caso de que usted, un familiar o un amigo cercano esté en medio de este proceso y no tenga conocimientos de cómo proseguir con el mismo, nuestros abogados especializados en el tema utilizaran todos los recursos en sus manos para poder ayudarlo y obtener de esa manera, los resultados que usted merece.

Si se declara en bancarrota, la exención de la vivienda protege el patrimonio (el valor de su propiedad menos el saldo de sus hipotecas u otros gravámenes sobre la misma) de la vivienda que le sirve de residencia principal. Si se declara en quiebra bajo el Capítulo 7, uno de los elementos determinantes para poder conservar su propiedad es la cantidad de patrimonio neto que puede proteger con una exención. Usted no perderá su casa en una bancarrota del Capítulo 13, pero tendrá que pagar a los acreedores una suma igual al valor de cualquier propiedad que no pueda proteger con una exención, más su ingreso disponible, lo que sea mayor.

La primera pregunta que se hace la mayoría de la gente cuando considera la posibilidad de acogerse al Capítulo 7 de la ley de quiebras es qué cantidad de bienes se les permite conservar. Los siguientes factores tienen un impacto significativo en la respuesta: El tipo de propiedad que posee, el valor de esa propiedad y las exenciones de la quiebra que tiene a su disposición.

Exenciones del capítulo 7 de bancarrota

Cuando usted se declara en bancarrota bajo el Capítulo 7, se nombra a un administrador de bancarrota y se le otorga la autoridad para liquidar sus bienes para pagar a sus acreedores. Sin embargo, declararse en quiebra no implica que deba renunciar a todas sus posesiones. Las exenciones de la quiebra le permiten conservar una cantidad limitada de bienes después de declararse en quiebra, lo que le permite empezar de nuevo. Si puede eximir un activo de una quiebra del Capítulo 7, el administrador no podrá venderlo para pagar a sus acreedores. El valor de sus activos y las exenciones que puede reclamar determinarán la cantidad de bienes que puede conservar en una bancarrota del Capítulo 7. La mayoría de los declarantes del Capítulo 7 mantienen todos o la mayoría de sus activos gracias a las exenciones.

¿Cómo puedo aprovechar la exención de la vivienda?

El patrimonio de su casa, como todos sus bienes, es un activo en la quiebra. Las exenciones de la quiebra, como la exención de la vivienda, le permiten conservar los bienes que necesitará para mantenerse a sí mismo y a su familia. Los importes de las exenciones varían según el estado, por lo que la cantidad que puede ahorrar estará determinada por el lugar en el que viva. Además, el capítulo de la quiebra que presente influirá en lo que ocurrirá con su casa si no puede proteger todo el patrimonio. Cada capítulo explica cómo funciona la exención de la vivienda.

En una bancarrota del capítulo 7, el administrador de la bancarrota vende los bienes no exentos. Si usted tiene un patrimonio no exento en su casa, el síndico de la quiebra lo hará: Venderá la casa, pagará la hipoteca, recuperará su exención de vivienda y utilizará los fondos restantes para pagar las multas y los acreedores no garantizados (como los saldos de las tarjetas de crédito, las facturas de servicios públicos y médicos y los préstamos personales).

Por otro lado, el administrador de la bancarrota del Capítulo 13 no venderá sus bienes. En cambio, usted puede conservar los bienes no exentos, pero a un costo. A través de su plan de reembolso del Capítulo 13, usted debe pagar una cantidad igual a la parte no exenta. Si tiene mucho capital no exento en su casa, hacer el pago mínimo puede ser difícil. Es dudoso que el tribunal apruebe (confirme) su plan de pago de tres a cinco años si no tiene los ingresos necesarios. Considere la siguiente situación:

Su casa vale 500.000 dólares, pero todavía debe 400.000 de su hipoteca. Lo que significa que dispone de 100.000 dólares de patrimonio neto en su casa (la cantidad que el administrador recibiría si la vendiera). Si la exención de la vivienda de su estado es superior a 100.000 dólares, no tendrá ningún problema en la quiebra. En una bancarrota del Capítulo 7, usted podría invocar esa exención para evitar que el fiduciario venda su casa para pagar a sus acreedores. Usted no tendría que pagar por cualquier equidad en su plan de pago si usted está en un caso del Capítulo 13.

Supongamos los mismos hechos que en el ejemplo anterior, sólo que la exención de la vivienda de su estado es sólo de 50.000 dólares. El fideicomisario en una bancarrota del Capítulo 7 vendería la residencia, distribuiría las ganancias como se describió anteriormente y utilizará los fondos restantes para satisfacer a los acreedores no garantizados. En una bancarrota del Capítulo 13, usted puede conservar su casa, pero tendría que pagar al menos 50.000 dólares a sus acreedores no garantizados en el transcurso de su plan de pago de tres a cinco años.

¿Qué es la exención de la vivienda y cómo funciona?

Usted tiene patrimonio si el valor de su casa supera el saldo de sus hipotecas u otras deudas sobre ella. En la bancarrota, el valor de su casa es un activo, y un fideicomisario del Capítulo 7 puede ser autorizado a venderlo y utilizar los ingresos para pagar a sus acreedores. La exención de la vivienda le permite salvaguardar una parte de su patrimonio neto del administrador de la quiebra mediante la exención. Por ejemplo, en el caso de que su vivienda tenga un valor de 200.000 dólares y usted deba 150.000 dólares, dispondrá de 50.000 dólares de patrimonio neto. Si vive en un estado con una exención de 75.000 dólares, su patrimonio se mantendrá y el administrador de la quiebra no podrá quedarse con su casa. Si vive en un estado en el que la exención de la vivienda es sólo de 10.000 dólares, el administrador de la quiebra seguramente se apoderará de su casa y la venderá. Usted recibirá 10.000 dólares en dinero de exención de los beneficios de la venta, y el resto se destinará a pagar su hipoteca, los honorarios del administrador y sus acreedores.

Comprender el papel del administrador de la bancarrota

Cuando usted se declara en quiebra, el tribunal le asigna un "administrador de la bancarrota" para que supervise el procedimiento. El fideicomisario revisa los documentos que se presentaron ante el tribunal, así como los documentos adicionales (conocidos como documentos 521) que se enviaron al fideicomisario poco después.

En los documentos 521 se incluyen talones de cheques, estados de cuenta bancarios, registros de impuestos sobre la renta y cualquier otro elemento solicitado específicamente por el fiduciario asignado a su caso. No es raro, por ejemplo, que se presente el estado de cuenta más reciente del préstamo de su vehículo o de la hipoteca, así como el acuerdo de liquidación matrimonial de su divorcio. Además, todos los declarantes de quiebra deben comparecer ante el tribunal al menos una vez para una audiencia 341 de acreedores. Usted puede anticipar que el síndico realizará lo siguiente durante la reunión

  • Autenticar su identidad y la exactitud de su petición poniéndolo bajo juramento.
  • Preguntar sobre cualquier información extraña encontrada en sus documentos de bancarrota.
  • Permitir que los acreedores presentes hagan preguntas sobre su caso y hacer preguntas estándar a todos los asistentes.

Todos los bienes no exentos serán vendidos y el dinero distribuido a sus acreedores por un administrador del Capítulo 7. Su propiedad no será vendida por un fideicomisario del Capítulo 13. Más bien, el fideicomisario evaluará si su plan de pago de tres a cinco años es aceptable, incluyendo si usted está pagando por la propiedad no exenta. Si no cumple con los requisitos, el fiduciario presentará una objeción ante el tribunal, solicitando que sea rechazado, y argumentará lo mismo en la audiencia de confirmación. Si el plan cumple los requisitos, el fiduciario apoyará la confirmación del plan. El síndico también repartirá los pagos mensuales del plan entre los acreedores.

La cantidad de exención de la vivienda en bancarrota en California

Algunos estados permiten que los declarantes utilicen el esquema de exención de bancarrota federal en lugar del sistema estatal al declararse en bancarrota. Uno de estos estados no es California. Debe utilizar el Sistema 1 de California o el Sistema 2 de California si vive en California y tiene derecho a utilizar las exenciones por quiebra de California.

Los propietarios de viviendas en el Sistema 1 de California pueden eximir hasta 600.000 dólares del patrimonio de su vivienda. Los propietarios del Sistema 2 de California pueden eximir hasta 29.275 dólares del valor de su vivienda. El estatuto no refleja las cantidades actuales para el Sistema 2. Cada tres años, el Consejo Judicial de California modifica los montos de exención del Sistema 2 de California, y el ajuste más reciente tuvo lugar el 1 de abril de 2019.

La exención del patrimonio familiar de California puede ayudarle a proteger sus bienes

La exención del patrimonio familiar en el Sistema 1 de California se aplica a cualquier propiedad en la que usted viva, incluida una casa móvil, una embarcación, una cooperativa de acciones, un apartamento comunitario, una urbanización planificada o un condominio. La exención del hogar también se aplica a los fondos de una venta forzosa de su propiedad obtenida seis meses antes de la presentación de la quiebra bajo el Sistema 1.

La exención del patrimonio familiar se aplica bajo el Sistema 2 de California a los bienes utilizados como vivienda por el deudor o una persona a su cargo, incluyendo una cooperativa y un cementerio para el deudor o una persona a su cargo. La exención del hogar es también una exención comodín en este sistema. Además de la cantidad comodín de 1.550 dólares, puede utilizar cualquier parte no utilizada de la exención de vivienda.

Requisito de domicilio para la exención del hogar

La ley federal impone restricciones a la exención del domicilio para evitar que la gente refugie sus bienes mudándose y comprando una casa en un estado con una exención del domicilio no restringida. Para poder acogerse a la exención del patrimonio familiar de un estado, debe haber comprado su casa al menos 40 meses antes de declararse en quiebra (si vendió su casa y compró una nueva en ese mismo estado con el producto de la venta, el tiempo que fue propietario de su primera casa seguirá contando para el requisito de los 40 meses).

Si no cumple con este criterio, su exención federal para la vivienda tiene un límite de 170.350 dólares, independientemente de la cantidad de su exención estatal (a partir del 1 de abril de 2019, y 160.375 dólares para los casos presentados entre el 1 de abril de 2016 y el 31 de marzo de 2019; las cifras se ajustan cada tres años). Si usted ha cometido fraude en la bancarrota o ciertos otros delitos, su exención de vivienda está igualmente limitada a 170.350 dólares.

¿Cuánto tiempo tiene que ser propietario de la vivienda?

Usted debe haber tenido la propiedad durante al menos 1.215 días antes de declararse en quiebra con el fin de reclamar el importe total de la exención de la vivienda en cualquier estado. Si no puede cumplir con este criterio, su exención del patrimonio familiar puede estar limitada por la ley federal. Consulte La exención de la vivienda en la quiebra para obtener más información sobre este requisito y algunas excepciones importantes.

En California, las parejas casadas no pueden duplicar la mayoría de las exenciones.

En California no se pueden duplicar la mayoría de las exenciones. En cambio, California no permite a las parejas casadas duplicar el importe de la exención de la vivienda.

No es necesario declarar el patrimonio familiar en California

Usted no necesita presentar una declaración de hogar para reclamar la exención de la vivienda en la bancarrota en California; sin embargo, usted debe reclamar la exención de la vivienda al llenar su formulario de bancarrota.

Sin embargo, es posible que desee presentar una declaración de bienes raíces para proteger su exención de bienes raíces de los embargos judiciales y el producto de una venta voluntaria de la propiedad durante seis meses.

¿Puede un administrador de la bancarrota del capítulo 7 quitar la exención de la vivienda por una conducta de mala fe en la bancarrota?

La exención de la vivienda no puede ser retirada por el Tribunal de Quiebras por una conducta de mala fe, lo que es una suerte para los propietarios de California y las solicitudes de quiebra del Capítulo 7.

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